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Ciudadanía italiana: ¿qué cambia con la circular que restringe el acceso en casos de naturalización?

Por Florencia Gagliardi
Actualizado el 28 de marzo de 2025

La abogada Sandra Ramajo Navarro analiza las implicancias legales y aconseja explorar alternativas en la línea familiar para quienes enfrentan estas restricciones.

Con la nueva jurisprudencia, si el antepasado se naturalizó, los hijos menores convivientes y no emancipados, también perdieron automáticamente el derecho al reconocimiento de la ciudadanía.
Con la nueva jurisprudencia, si el antepasado se naturalizó, los hijos menores pierden el derecho al reconocimiento.

En octubre de 2024, el Ministerio del Interior italiano emitió una circular que introduce una nueva interpretación de una normativa histórica sobre la ciudadanía italiana, vigente desde 1912. Esta disposición, que aplica únicamente a la vía administrativa, establece que si un antepasado italiano se naturalizó ciudadano de otro país entre 1912 y 1992, sus hijos menores de edad pierden automáticamente el derecho al reconocimiento de la ciudadanía.

El cambio ha generado incertidumbre entre quienes están tramitando su ciudadanía italiana o planean iniciar el proceso. En diálogo con TSI, la abogada Sandra Ramajo Navarro, directora del despacho Ramajo Legal, analizó las implicancias legales y prácticas de esta nueva normativa. «Hacer una nueva interpretación de hoy a mañana crea una serie de daños y perjuicios incalculables para quienes ya estaban gestionando su reconocimiento», señaló. Y aconsejo, para quienes se encuentran en esta situación, que lo ideal sería intentar tramitar el reconocimiento por otro familiar de la línea.

Ramajo también destacó el impacto del reciente aumento de tasas para los procedimientos judiciales de ciudadanía, que desde el 1 de enero de 2025 ascienden a 600 euros por recurrente. Según opinó, estas medidas, sumadas a las posibles reformas legislativas en discusión, apuntan a limitar aún más las posibilidades de acceso a la ciudadanía. «Hasta ahora muchas personas podían asumir los gastos al dividirlos, pero estas nuevas restricciones parecen estar diseñadas para reducir drásticamente el número de solicitudes», consideró.

TSI.- ¿De qué va la nueva circular que envió el Ministerio del Interior en octubre pasado?

En octubre, el Ministerio dio unas nuevas directrices, que es la circular de la que se está hablando, que es de aplicación inmediata. El Ministerio lo que hace es decir «hay una nueva línea de interpretación de una normativa que ya existía».

Esta nueva línea de la Casación lo que dice es que se ha estado interpretando mal la normativa y que en realidad existe un artículo que dice que si el pater familias, el avo, decidía voluntariamente renunciar a su ciudadanía, automáticamente los menores también la perdían.

Eso cambia las reglas para quien se encuentra en ese espacio temporal, desde que nace el hijo del avo hasta que cumple los 21 años, porque en esa época la mayoría de edad era de 21 años. Toda la gente que se encuentra en este periodo con una naturalización tiene un problema, porque lo que dice el Ministerio a todo lo que es vía administrativa, es decir consulados y comunas, es que tienen que regirse por esta nueva interpretación. No se trata de una circular que sea facultativa, o de líneas de interpretación que puede seguirse o no, las comunas y consulados tienen que aplicar esa circular.

«No se trata de una circular que sea facultativa, o de líneas de interpretación que puede seguirse o no, las comunas y consulados tienen que aplicar esa circular»

Sandra Ramajo Navarro

Aplicación de la nueva circular en consulados y comunas

Los consulados y las comunas se rigen por lo que son circulares que les brinda el Ministerio del Interno, que gestiona los consulados, etcétera. Hasta ahora la interpretación que se ha hecho siempre por vía administrativa y también por vía judicial es que si había una naturalización de nuestro avo, pero esa naturalización se realizaba después de que hubieran nacido los hijos, no había interrupción. Esa era la interpretación que se realizaba de la normativa del 1912.

Hablamos de una ley de hace más de 100 años, porque es una ley del 1912, que se ha aplicado siempre de una cierta manera tanto para las comunas como para los consulados.

Sandra Ramajo Navarro, directora del despacho Ramajo Legal

La vía administrativa sigue unas reglas de certificación, en el sentido de que los consulados o las comunas, lo que hacen es controlar la documentación y si no hay ningún tipo de duda sobre el hecho de que hay una línea de descendencia desde un italiano hasta nosotros, entonces nos van a reconocer esa ciudadanía italiana que todos los que son hijos de italianos tienen por ley. Lo único que hacen en por vía administrativa consulados y comunas es reconocerlo.

TSI.- Es importante aclarar que va del período de 1912 a 1992…

Exacto, porque en el año 92 hay una modificación por la cual se entiende que, aunque tú adquieras una nueva naturalización, con ciertos países, como por ejemplo con Argentina, no pierdes la ciudadanía italiana. Hasta ese momento se perdía.

Es verdad que han existido casos de excepciones, como por ejemplo Brasil. Brasil hizo una gran naturalización, pero fue una situación un poco diferente, porque Brasil lo que hizo es naturalizar automáticamente sin que los ciudadanos tuvieran que hacer ellos la solicitud. Automáticamente todos los italianos que se encontraban en territorio brasileño en ese en ese periodo venían naturalizados brasileños, entonces la Casación en esa ocasión sí que dijo que la gran naturalización brasileña no era válida.

El problema con el que nos encontramos con la mayoría de las naturalizaciones de Argentina es que son voluntarias. Entonces tenemos una sentencia, tenemos un enrolamiento voluntario por parte de esa persona. Obviamente, conozco la situación de los años 27, en donde hubo una gran naturalización, pero son excepciones que no se podrán hacer a nivel administrativo, porque el poder que tienen las comunas y los consulados es simplemente certificativo, no pueden interpretar la documentación que se les presenta, sino simplemente observar que está correcta, regirse por las circulares del Ministerio y de ahí no pueden salir.

«El poder que tienen las comunas y los consulados es simplemente certificativo, no pueden interpretar la documentación que se les presenta, sino simplemente observar que está correcta»

Sandra Ramajo Navarro

La nueva circular aplica solo a la vía administrativa

Esta circular no se aplica a la vía judicial, es una circular que aplica al funcionario que está trabajando en la administración, no al juez. El juez sí tiene poder de interpretación y sí que tiene poder de decir «no estoy de acuerdo con esta interpretación de la Casación». La vía judicial es la única que en este momento nos abre una posibilidad. Entonces ahí se podría abrir una línea.

«Esta circular no se aplica a la vía judicial, es una circular que aplica al funcionario que está trabajando en la administración, no al juez»

Sandra Ramajo Navarro

TSI.- ¿O sea que por vía judicial existiría una posibilidad?

Cabría la posibilidad. Lo digo, porque he leído muchos comentarios que dicen «hagan el juicio, he hecho el juicio y he ganado». Puede ser que tú hayas hecho un juicio en un tribunal específico y ese juez de primera instancia no conoce la nueva interpretación. Podría ser que un tribunal específico tenga una línea interpretativa contraria a la Casación, porque además las sentencias de Casación que tenemos no son las que tienen más «peso», porque no son a Sezioni Unite.

Esto significa que la Casación tiene varias secciones de civil y cada sección tiene una interpretación propia. A veces sucede que hay una sección que va en contra de otra sección. Cuando sucede eso se hace una especie de consultación conjunta y se emite una sentencia a Sezioni Unite. Se reúnen todos de las dos secciones en contraposición y llegan a un veredicto final y ahí sale una sentencia que va a determinar una línea interpretativa durante bastante tiempo.

Cuando hay una sentencia a Sezioni Unite es una sentencia que tiene más peso para todas las instancias. No es el caso, hasta ahora no tenemos una sentencia a Sezioni Unite.

TSI.- ¿Podría darse un nuevo cambio de interpretación?

Es una interpretación que por ahora es así, podría ser que se modifique esta interpretación, obviamente a mí no me gusta lucrar sobre falsas esperanzas. Llegar a una Casación significa seis, siete años de procedimiento y esos son gastos. No estoy de acuerdo con incentivar a la gente que haga este tipo de recursos, bajo mi punto de vista. Obviamente habrá quien lo haga, pero se trata de una puerta que probablemente va a tardar años y va a requerir bastante dinero.

TSI.- ¿Por qué 100 años después se reconsidera un artículo que siempre estuvo?

Las sentencias las emiten jueces, que son personas y cada uno tiene una manera de interpretar diferente. Normalmente quien llega a la Casación está varios años, puede ser que los que estuvieran antes conocieran cómo ha ido evolucionando esa normativa de 1912. Interpretar una vieja normativa que se había interpretado siempre de una manera es arriesgado, primero porque creas una indefensión a nivel juridifico. Sabemos las consecuencias que tiene, porque hay gente que lleva años preparando una carpeta y esperando un turno en el consulado. Hacer una nueva interpretación de hoy a mañana, crea una serie de daños y perjuicios en todos los que estaban tramitando el reconocimiento incalculable.

«Hacer una nueva interpretación de hoy a mañana, crea una serie de daños y perjuicios en todos los que estaban tramitando el reconocimiento incalculable»

Sandra Ramajo Navarro

TSI.- Para los que estaban en trámite y tienen una naturalización entre esos años, ¿se puede hacer algo, no se puede hacer nada o hay que ver cada caso en lo concreto?

Hay que ver el caso particular, pero en este momento si lo quieres hacer por vía administrativa no se puede hacer nada. Viajar a Italia con una naturalización es ir a perder el dinero, no hay esperanzas de perder hacerlo a nivel administrativo.

«Viajar a Italia con una naturalización es ir a perder el dinero, no hay esperanzas de perder hacerlo a nivel administrativo»

Sandra Ramajo Navarro

TSI.- Nos consulta una persona que está en Italia: ¿qué se puede hacer si ya presentó la carpeta?

Lo que se puede hacer es un recurso por vía administrativa, sabiendo que muy probablemente lo vamos a perder. Pero en la espera podemos permanecer de forma regular en Italia. Sin embargo, no sería la vía que seguiría, porque cuesta dinero, presentar un recurso es una inversión económica. En el tiempo que se pronunciará el tribunal, lo más seguro es que no haya un cambio de interpretación. Lo más práctico sería intentar ir por otro familiar que tengamos, una vía materna. Desgraciadamente las soluciones son pocas.

Hay esperanzas de que pueda cambiar, pero no va a cambiar en dos meses. Podrá cambiar en los próximos años si hay una nueva interpretación de la Casación y vuelven a interpretar como antes. Yo lo espero, pero tengo mis dudas por cómo está evolucionando todo lo referido a ciudadanía.

Nuevas tasas consulares para la ciudadanía

A partir de enero, suben las tasas para hacer juicio solo de ciudadanía y van a subir una barbaridad. Se aplica solo a ese tipo de procedimientos. Parece que la línea va por ahí, intentar recortar toda la avalancha de solicitudes.

Hasta hoy para un juicio por ciudadanía se pagaban unas tasas de 518 euros más la marca de bolo, llegábamos a 545, a partir de enero suben a 600 por recurrente, que incluye también a los menores de edad.

Esto quiere decir que si tenemos un recurso con 10 personas, si esa familia pagaba 545 de tasas, a partir de enero paga 6000 euros.

Hasta ahora había mucha gente que lo podía realizar a nivel judicial porque se repartían los gastos, entonces eso crea otro palito de dificultad más que parece que va en la línea de cortar la platea de quienes pueden intentar hacer el reconocimiento.

TSI.- ¿Por qué ahora se decide esto, consideras que el referéndum cittadinanza influyó?

Yo creo que lo que influye no es el referéndum en sí, es la situación de hecho. Es decir, miles de solicitudes en los consulados que están totalmente bloqueados. Como los consulados están bloqueados, la gente hace juicio. Y ahora se está bloqueando también la Justicia.

Tenemos grandes tribunales como Venezia o Milano que están super ocupados con este tipo de causas, que es verdad que son también entradas de dinero para el Estado, pero eso también bloquea el sistema justicia. Ahí tienen también un problema de gestión de solicitudes por vía judicial. Y por vía administrativa, las comunas están desbordadas con el tema ciudadanía, no dan abasto. Como el fenómeno se está escapando de las manos, Italia está intentando ver cómo puede frenar la avalancha de solicitudes.

«Como el fenómeno se está escapando de las manos, Italia está intentando ver cómo puede frenar la avalancha de solicitudes»

Sandra Ramajo Navarro

Referéndum ciudadanía y proyecto de ley Tajani

La propuesta que hace Antonio Tajani es una propuesta que constitucionalmente tiene poca salida, porque lo que es un derecho adquirido, en el momento que vengo de una descendencia italiana, la ley ya me ha reconocido ese derecho. En el momento en que he nacido, ya he adquirido ese derecho y cambiar ahora la normativa significaría cambiarla a partir del que nazca mañana, no del que nació ayer, con lo cual no resolverían el problema.

El referéndum que se hizo no era sobre ciudadanía italiana, en el sentido de descendientes de iure sanguinis. La Ley de Migración que regula la normativa es vieja. Hace ya muchas años es que se está intentando modificar esta normativa. Lo que se propone por parte del gobierno es modificarla y dar más facilidades a quien está desde hace muchos años en Italia, y a diferencia de quien tiene un pariente, que quien lleva muchos años aquí pueda solicitarla y tenga más facilidades. Por ahí iba el proyecto inicialmente del referéndum.

Pero cuando abres la caja de pandora y hablas de una modificación de la normativa, hay otras propuestas, como por ejemplo la de Tajani, que plantea una limitación de este reconocimiento, con requisitos como hablar italiano o vivir en Italia. Digamos que eso podría suceder, que se añadieran algunos requisitos, lo que no pueden hacer es decirte que porque eres de cuarta o quinta generación, ya no tienes derecho.

TSI.- Hay mucha gente que está por tramitar la ciudadanía y muchos lo que se preguntan es si podría peligrar el reconocimiento…

Por mi parte veo que en unos años seguramente la cosa va a cambiar, si alguien está pensando en hacer ese reconocimiento, el momento es ahora. No peligra a breve, pero tarde o temprano habrá algún tipo de cambio, de acotamiento.

TSI.- ¿Qué pueden hacer quienes se encuentran con una naturalización en estos años?

Si hay una posibilidad de evitar la línea donde hay una naturalización, mejor evitarla, ese es el consejo que daría a quienes se encuentran en esa situación. Normalmente hay más de una línea en las familias donde se puede pedir el reconocimiento. Si no tenemos más opciones, si ya hemos presentado el caso, veremos cómo evoluciona la jurisprudencia, esperemos que podamos dar buenas noticias en breve, por ahora esta es la situación.

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