Apellido materno y paterno en Italia

A partir de ahora las mujeres podrán poner en primer lugar su apellido a sus hijos, un derecho que estaba negado por el artículo 262 del Código Civil italiano.

Apellido materno.

A través de una sentencia histórica, la Corte Suprema de Italia dictaminó el pasado 27 de abril como “ilegítima” la asignación automática del apellido paterno, de modo tal que a partir de ahora las mujeres podrán poner en primer lugar su apellido a sus hijos, un derecho que estaba negado por el artículo 262 del Código Civil italiano.

En el año 2016 se logró un importante avance, con la posibilidad de añadir el doble apellido, sin embargo, el cambio con la decisión del Tribunal es que ahora se podrá decidir dar sólo el apellido del padre, sólo el de la madre, o ambos, en el orden que los padres prefieran.

En virtud de la igualdad

Según el Tribunal, «en virtud del principio de igualdad y en interés del menor», ambos progenitores deben poder compartir la elección del apellido, que constituye un elemento fundamental de la identidad personal. «La norma que atribuye automáticamente el apellido del padre es discriminatoria y perjudicial para la identidad del niño», sostuvo el organismo de Justicia a través de un comunicado.

La decisión se tomó, ya que las actuales normas, entre las que se encuentra el artículo 262 –según el cual el hijo asume el apellido del progenitor, incluso antes de que lo reconozca– violan los artículos 2, 3 y 117.1 de la Constitución, este último en relación con los artículos 8 y 14 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, consignan los periódicos La Repubblica y Corriere della Sera.

A partir de ahora «la regla pasa a ser que el niño toma el apellido de ambos padres en el orden acordado por ellos, a menos que decidan, de común acuerdo, atribuirse sólo el apellido de uno de ellos». Con la decisión del Tribunal, y a la espera de la sentencia que se presentará en las próximas semanas, se eliminan las jerarquías y los hombres y las mujeres quedan en el mismo nivel.

Dos apellidos o uno solo

La cuestión de constitucionalidad fue presentada en noviembre del 2021 por el Tribunal de Apelación de Potenza al Tribunal Constitucional en alusión a una pareja que quería dar a uno de sus hijos el apellido de su madre, y a la cual las oficinas municipales le negaron esa posibilidad.

Tras conocerse la sentencia, los abogados Domenico Pittella y Giampaolo Brienza, quienes plantearon su postura ante lo sucedido, dijeron al respecto: «Resultado histórico. La sentencia del Tribunal Constitucional sobre el apellido de los nacidos representa una pequeña revolución».

Tal como publica La Repubblica, la Corte siguió las indicaciones de tribunales europeos, como el de Estrasburgo, que ya había cuestionado la existencia de solo un apellido en Italia. En el 2006 la Corte escribió que el único apellido paterno era «la herencia de una concepción patriarcal de la familia y de un poder marital anticuado, que ya no es coherente con el valor constitucional de la igualdad entre hombres y mujeres» e instó en aquel momento a un cambio de la normativa.

Cambios en el tiempo

Diez años después, en el 2016, se logró la sentencia 286, al establecerse que un niño pueda tener doble apellido, siempre y cuando los padres estén de acuerdo. Sin embargo, el procedimiento sólo incorporó el apellido de la madre en segundo lugar, sin permitir que se inviertan los apellidos y sólo si los padres están casados. Ahora será posible que una pareja, aún sin estar casada, otorgue a su hijo sólo el apellido del padre, sólo el de la madre o de ambos en el orden que prefieran.

Alexander Schuster, abogado civil de Bolzano, experto en Derecho de Familia, dijo al diario La Repubblica : «El Tribunal dictaminó que la norma principal pasa a ser la del doble apellido, pero la pareja puede decidir dar sólo uno. Si la pareja está de acuerdo, pueden hacer lo que quieran, dar sólo un apellido, o los dos, en el orden que prefieran. Pero no hay automatismo”.

Otras cuestiones

Queda entonces esperar a que se promulguen las leyes que correspondan y que se aclaren algunas cuestiones clave, como por ejemplo, qué sucederá con la posible multiplicación de apellidos y la futura descendencia o si la norma funcionará de forma retroactiva, es decir, si se podrá cambiar los apellidos asignados en el pasado de acuerdo a las nuevas leyes.

Lo que está claro es que una vez que la sentencia quede efectiva, los padres podrán decidir no sólo qué nombre darle a su hijo, como parte de su futura identidad, sino también qué apellido, si sólo uno, los dos y en qué orden. Y eso ya es un gran cambio.

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2 comentarios

  1. Este blog es realmente un paseo a través de toda la información que deseaba sobre este este tema tan aditivo y no sabía a quién preguntar .

  2. Y en el caso de que el padre tenga 2 apellidos? el hijo recibe solo unos de los dos o los dos<', <o es solo uno del padre y uno de la madre?

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